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Términos y Condiciones de Uso del Servicio SaaS para Prestadores de Salud en la Plataforma Uvalar
CLÁUSULA PRIMERA. LAS PARTES Y EL OBJETO CONTRACTUAL
El presente contrato de suscripción de software como servicio (SaaS) se celebra entre ABCGERENCIA S.A.S., sociedad comercial legalmente constituida bajo las leyes de la República de Colombia, identificada con NIT 901.460.835-4 (en adelante, EL PROVEEDOR SaaS o UVALAR), y el profesional de la psicología que completa el proceso de registro y acepta el presente documento (en adelante, EL PRESTADOR o EL PSICÓLOGO).
Parágrafo: El objeto del presente contrato es la concesión de un derecho de uso no exclusivo, revocable, personal e intransferible de los módulos informáticos del sistema UVALAR para la gestión de agenda, intermediación de citas, soporte en la recolección de firmas de consentimientos informados y herramientas tecnológicas para el registro de la Historia Clínica Electrónica (IHCE).
CLÁUSULA SEGUNDA. NATURALEZA JURÍDICA E INDEPENDENCIA CONTRACTUAL
En cumplimiento de la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor, Art. 29, 30 y 49), el Código de Comercio (Art. 864) y la legislación asistencial en salud:
1. UVALAR es de forma exclusiva un proveedor tecnológico de software como servicio (SaaS). UVALAR no es una Institución Prestadora de Servicios de Salud (IPS), no está inscrita en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS), no realiza actos médicos ni psicoterapéuticos, no emite diagnósticos ni supervisa la idoneidad clínica de los tratamientos.
2. EL PRESTADOR es un profesional libre, independiente y autónomo que utiliza la herramienta informática para facilitar la gestión de su consulta privada. Entre UVALAR y EL PRESTADOR no existe relación laboral, de subordinación, societaria, de agencia ni de representación de ningún tipo.
CLÁUSULA TERCERA. DECLARACIONES Y GARANTÍAS DE HABILITACIÓN LEGAL DEL PRESTADOR
EL PRESTADOR declara bajo la gravedad de juramento que:
1. Posee título profesional en Psicología otorgado por una institución de educación superior debidamente reconocida por el Ministerio de Educación Nacional de Colombia.
2. Cuenta con Tarjeta Profesional vigente expedida por el Colegio Colombiano de Psicólogos (COLPSIC) de acuerdo con la Ley 1090 de 2006 (Art. 12).
3. Se encuentra debidamente inscrito y en estado activo en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS) de la Secretaría de Salud correspondiente, en cumplimiento del Decreto 780 de 2016 y la Resolución 3100 de 2019 del Ministerio de Salud y Protección Social.
4. Es el único responsable de mantener actualizada su habilitación asistencial. La suspensión o cancelación de su inscripción en el REPS o la suspensión de su tarjeta profesional resolverá de pleno derecho este contrato, obligando al profesional a notificar inmediatamente a UVALAR.
CLÁUSULA CUARTA. ESQUEMA ECONÓMICO, PLANES DE SUSCRIPCIÓN Y DISPERSIÓN DE FONDOS
El acceso y uso de la plataforma UVALAR se rige bajo la siguiente estructura comercial:
1. Estructura de Planes de Suscripción:
EL PRESTADOR seleccionará libremente uno de los tres (3) planes de suscripción configurados en el sistema:
• Plan Inicial: Compuesto por una tarifa fija mensual de bajo costo y una tarifa variable alta por cada cita efectivamente agendada y procesada a través de la plataforma.
• Plan Equilibrio: Compuesto por una tarifa fija mensual media y una tarifa variable media por cada cita procesada.
• Plan Profesional: Compuesto por una tarifa fija mensual alta y una tarifa variable mínima por cita, destinada esencialmente a cubrir los costos operativos de pasarela de pagos, transacción bancaria y costos administrativos mínimos.
2. Modificación de Plan:
EL PRESTADOR podrá cambiar de plan en cualquier momento desde su panel de administración. Las modificaciones aplicarán exclusivamente a partir del primer (1º) día del mes calendario siguiente. En ningún caso se aplicarán cambios con efectos retroactivos ni sobre el mes calendario en transcurso.
3. Procesamiento y Dispersión Automatizada mediante Split de Pago (Split Payment):
• Los honorarios profesionales cobrados al paciente son fijados libremente por EL PRESTADOR.
• Los pagos realizados por los pacientes serán procesados mediante una pasarela de pagos integrada bajo la modalidad de división de pagos (split payment).
• Al momento del pago, el sistema dispersará de forma directa e inmediata el valor correspondiente a los honorarios hacia la cuenta bancaria configurada por EL PRESTADOR, reteniendo automáticamente el porcentaje/valor variable correspondiente al plan de suscripción activo de EL PRESTADOR.
• La tarifa fija mensual será facturada por UVALAR a EL PRESTADOR y debitada mediante el método de pago registrado por el profesional.
CLÁUSULA QUINTA. INDEPENDENCIA TRIBUTARIA Y OBLIGACIÓN DE FACTURACIÓN
Conforme al Estatuto Tributario de Colombia (Art. 615, 616-1 y 617):
1. EL PRESTADOR es el único sujeto obligado a expedir la correspondiente factura de venta o documento equivalente por los servicios de salud brindados al paciente, discriminando los impuestos a que haya lugar según su régimen tributario.
2. UVALAR únicamente expedirá factura electrónica de venta a EL PRESTADOR por concepto de las tarifas fijas y variables cobradas por el uso del software SaaS, sin que exista intermediación o venta de servicios de salud por parte de ABCGERENCIA S.A.S.
CLÁUSULA SEXTA. CLÁUSULA GENERAL DE EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD E INDEMNIDAD
1. Exoneración por Acto Asistencial: ABCGERENCIA S.A.S., sus accionistas, representantes legales, empleados y desarrolladores quedan totalmente exonerados de cualquier responsabilidad civil, médica, deontológica, administrativa o penal derivada de:
o Errores en la atención, diagnósticos, tratamientos o malas prácticas cometidas por EL PRESTADOR.
o Fallas en la obtención directa del consentimiento informado si EL PRESTADOR altera o evade los flujos del sistema.
o La falta de veracidad en la información cargada por EL PRESTADOR o por el paciente.
2. Cláusula de Indemnidad: EL PRESTADOR se obliga expresamente a defender, indemnizar y mantener indemne a ABCGERENCIA S.A.S. ante cualquier reclamo, demanda, investigación disciplinaria (ante Tribunales Éticos de Psicología - COLPSIC), requerimiento de la Superintendencia de Salud o proceso judicial entablado por pacientes o terceros en relación con los servicios asistenciales prestados mediante el uso de UVALAR.
CLÁUSULA SÉPTIMA. ACEPACIÓN MEDIANTE MECANISMO CLICKWRAP
En cumplimiento de la Ley 527 de 1999 (Art. 7) y la Ley 1480 de 2011 (Art. 49), la aceptación de este contrato se realiza mediante marcado activo de la casilla de verificación (checkbox) desmarcada por defecto. El sistema registrará en base de datos la dirección IP, fecha/hora UTC, ID del usuario y hash del documento como prueba irrefutable de la transacción.